Acerca de CEMEX - Comunicados - CEMEX fija el precio para sus notas senior garantizadas de 550 millones de euros y 750 millores de dólares
Comunicados
publishDate1 Thu, 26 Feb 2015 22:23:00 +0000
publishDate2 Feb 26, 2015 10:23:00 PM
publishDate3 26 de febrero de 2015
26 de febrero de 2015
CEMEX, S.A.B. de C.V. ("CEMEX") (BMV: CEMEXCPO) anunció hoy que emitirá 550 millones de euros en notas senior garantizadas con cupón de 4.375% con vencimiento en 2023 denominadas en euros (las “Notas en Euros”) y 750 millones de dólares en notas senior garantizadas con cupón de 6.125% con vencimiento en 2025 denominadas en dólares (las “Notas en Dólares”).
Las Notas en Euros tendrán una tasa de interés anual de 4.375% con vencimiento el 5 de marzo de 2023. Las Notas en Euros serán emitidas a su valor nominal y con opción a recomprarse a partir del 5 de marzo de 2019. Las Notas en Dólares tendrán una tasa de interés anual de 6.125% con vencimiento el 5 de mayo de 2025. Las Notas en Dólares serán emitidas a un precio de 99.980% de su valor nominal y con opción a recomprarse a partir del 5 de mayo de 2020. El cierre de las ofertas se anticipa para el 5 de marzo de 2015 y está sujeto al cumplimiento de condiciones de cierre habituales.
CEMEX pretende utilizar los recursos netos de las ofertas de las Notas en Euros y las Notas en Dólares para financiar la amortización de (i) las Notas Senior Garantizadas a Tasa Flotante con vencimiento en 2015 (las “Notas en Dólares a Tasa Flotante Septiembre 2015”) emitidas por CEMEX, (ii) las Notas Senior Garantizadas con cupón de 9.000% con vencimiento en 2018 (las “Notas en Dólares Enero 2018”) emitidas por CEMEX, y/o (iii) las Notas Senior Garantizadas con cupón 9.250% con vencimiento en 2020 (las “Notas en Dólares Mayo 2020”), emitidas por CEMEX España, actuando a través de su sucursal en Luxemburgo, y el remanente, en caso de existir, para propósitos generales corporativos, incluyendo el pago de deuda bajo el Contrato de Crédito de CEMEX, con fecha 29 de septiembre de 2014 (el “Contrato de Crédito”), el Contrato de Financiamiento de CEMEX, con fecha 17 de septiembre de 2012, enmendado de tiempo en tiempo (el “Contrato de Financiamiento”), y/o otra deuda, todo en conformidad con el Contrato de Crédito y el Contrato de Financiamiento.
Las Notas en Euros y las Notas en Dólares, compartirán la garantía otorgada a los acreedores del Contrato de Crédito, el Contrato de Financiamiento y a otros instrumentos de deuda senior que tienen los beneficios de dicha garantía, y estarán garantizadas por CEMEX México, S.A. de C.V., CEMEX Concretos, S.A. de C.V., Empresas Tolteca de México, S.A. de C.V., New Sunward Holding B.V., CEMEX España, S.A., Cemex Asia B.V., CEMEX Corp., CEMEX Finance LLC, Cemex Egyptian Investments B.V., Cemex Egyptian Investments II B.V., CEMEX France Gestion (S.A.S.), Cemex Research Group AG, Cemex Shipping B.V. y CEMEX UK.
Este comunicado no constituye una oferta para adquirir ni una solicitud de oferta para vender o comprar cualquier título de CEMEX en alguna transacción.
Las Notas en Euros, las Notas en Dólares y las garantías no han sido ni serán registradas conforme a lo dispuesto en la Ley de Valores de 1933 de Estados Unidos, según modificada (la “Ley de Valores”) y cualquier ley estatal de valores de los Estados Unidos de América. Asimismo, tampoco serán ofrecidas ni vendidas en los Estados Unidos de América, salvo que se registren o aplique alguna exención de los requisitos de registro de la Ley de Valores. Las Notas en Euros y las Notas en Dólares se ofrecen únicamente a compradores institucionales calificados de conformidad con la regla 144A y fuera de los Estados Unidos de América bajo la Regulación-S, ambas promulgadas bajo la Ley de Valores.
LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES NO HAN SIDO Y NO SERÁN REGISTRADAS EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES PERTENECIENTE A LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES MEXICANA, O CNBV, Y NO PODRÁN SER OFRECIDAS O VENDIDAS PÚBLICAMENTE EN MÉXICO, CON LA EXCEPCIÓN DE QUE LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES PUEDEN SER OFERTADAS EN MÉXICO DE CONFORMIDAD A UNA EXENCIÓN DE COLOCACIÓN PRIVADA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 8 DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES MEXICANA, A INSTITUCIONES E INVERSIONISTAS CALIFICADOS. UNA VEZ EMITIDAS LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES, NOTIFICAREMOS A LA CNBV DE LA EMISIÓN DE LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES, INCLUYENDO LAS PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES Y DE LA OFERTA DE LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES FUERA DE MÉXICO. DICHO AVISO SERÁ ENTREGADO A LA CNBV PARA CUMPLIR CON UN REQUERIMIENTO LEGAL Y PARA PROPÓSITOS DE INFORMACIÓN SOLAMENTE, Y LA ENTREGA A Y RECEPCIÓN POR LA CNBV DE DICHO AVISO NO CONSTITUYE O IMPLICA UNA CERTIFICACIÓN SOBRE LA CALIDAD INVERSIONISTA DE LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES O DE LA SOLVENCIA, LIQUIDEZ O CALIDAD CREDITICIA DE CEMEX O DE LA VERACIDAD O INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN ESTABLECIDA EN LOS DOCUMENTOS USADOS PARA LA OFERTA. LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LOS DOCUMENTOS UTILIZADOS PARA LA OFERTA DE LAS NOTAS EN EUROS Y LAS NOTAS EN DÓLARES ES DE LA RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE CEMEX Y NO HA SIDO REVISADA O AUTORIZADA POR LA CNBV.
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La información que se presenta en este comunicado contiene ciertas declaraciones acerca del futuro las cuales están necesariamente sujetas a riesgos, incertidumbres y presunciones. No se puede asegurar que las transacciones aquí descritas se lleven a cabo o respecto a los términos definitivos de cualquiera de dichas transacciones. CEMEX no asume obligación alguna de actualizar o corregir la información contenida en este comunicado.
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